Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil
Que, el 03 de Julio del año 2013 fue promulgada la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil, más conocida como LEY SERVIR, cuyo OBJETO es la de Establecer un Régimen Único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, siendo su FINALIDAD que las entidades públicas del Estado alcancen mayores NIVELES de EFICACIA y EFICIENCIA y PRESTEN EFECTIVAMENTE SERVICIOS DE CALIDAD a trevés de un mejor servicio civil, así como PROMOVER EL DESARROLLO DE LAS PERSONAS QUE LA INTEGRAN. -En el fondo buscan el bienestar del servidor y con ello un cambio a la imagen de las entidades del estado en general-.
Debiendo tener en cuenta lo siguiente:
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
CUARTA.- Traslado de servidores bajo los
regímenes de los Decretos Legislativo 27, 728 y 1057 al régimen del Servicio
Civil
“Los
Servidores bajos los regímenes de los Decretos Legislativos 276,728 y 1057 pueden
trasladarse voluntariamente y previo concurso público de méritos al régimen
previsto en la presente Ley” –Subrayado
es nuestro-. ES DECIR SEÑORES EMPLEADOS PUBLICOS LA LEY NO IMPONE, NO EXIGE, NO OBLIGA TRASLADARSE AL NUEVO REGIMEN -entiendanlo que es voluntario su traslado-, LOS QUE DESEAN QUEDARSE EN SU REGIMEN ACTUAL -276 o 728- PUES SE QUEDARAN EN LAS MISMAS CONDICIONES EN LAS QUE SE ENCUENTRAN ACTUALMENTE y AQUELLAS PERSONAS QUE SE SIENTAN CAPACES y PREPARADAS PARA SURGIR TENTARAN EL TRASLADO AL NUEVO REGIMEN. PUES A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTE LEY SE CIERRA LA INCORPORACION DE PERSONAL EN LOS REGIMENTES 276 y 728. ASI COMO LOS ASCENSOS EN DICHOS REGIMENES LABORALES PARA PERSONAL DE CARRERA -Segunda Disposición Complementaria Transitoria inciso a)-.
Claro que una persona que se encuentre debidamente preparada optará por trasladarse al nuevo régimen, pues ello implica mejores oportunidades en el ámbito laboral.
NO ES MALA ESA NUEVA LEY - DEBERIAN TOMARSE UN POCO DE TIEMPO y ANALIZARLA COMPLETAMENTE.
Espero Comentarios y consultas............